|
Instrumentar
y operar la administración de la emergencia, soportando en el programa
municipal de protección civil, a través de los subprogramas de prevención,
emergencia y recuperación o vuelta a la normalidad con el objetivo común
de salvaguardar el bienestar de la comunidad, así como el entorno
ecológico y sus bienes materiales.
-
Elaborar y
presentar para su aprobación al Presidente del Consejo de Protección
Civil el Programa Municipal de Protección Civil.
-
Brindar
audiencias, asesorías y atención a la ciudadanía que acude
a solicitarla.
-
Coordinar
la protección civil en el Municipio; así como el control operativo de
las acciones que se efectúen en coordinación con los sectores público,
social, privado, grupos voluntarios y población en general.
-
Aplicar
conforme al Reglamento y Ley de Protección Civil Estatal, las sanciones
que se deban de imponer. Así como los demás actos de autoridad que marca
el reglamento y la Ley.
-
Ordenar las
medidas de seguridad cuando sea necesario para proteger a la población
de amenazas
|