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BOLETIN 50, 24 DE ENERO 2008

 
   
 

SESIONARÁ EL CABILDO PORTEÑO POR LO MENOS UNA VEZ AL MES

 
 

 

 
 

Con base en la reforma del artículo 42 del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, se puso a disposición del cabildo porteño, el establecer la celebración de sesiones ordinarias por lo menos una vez al mes y las veces que sean necesarias dentro de dicho periodo.

         Se estableció por mayoría del cabildo porteño, llevar a cabo las sesiones ordinarias el segundo jueves de cada mes, y en caso de posponer dicha sesión o realizar una junta de cabildo adicional se dará a conocer a  la ciudadanía y a los integrantes del cabildo 72 horas antes de sesionar.

         En lo que respecta a Sesiones Extraordinarias de Cabildo se comunicará a los integrantes del pleno y al público en general, 24 horas antes de dicha sesión.

 
 

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