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INDEPENDENCIA

Como por el gobierno español estaba prohibido el comercio libre por Tampico, nuestro puerto se mantuvo cerrado hasta la primera época de la insurrección, en que no pudiendo los veracruzanos, que abastecían de géneros casi a todas las provincias, hacer sus remisiones por tierra, por haberse obstruido los caminos por la guerra de independencia, insurrección que  motivaron su habilitación en el año de 1816, declararon puerto de altura a Pueblo - Viejo y, a Altamira, aduana interior para el comercio de productos agrícolas y fabriles con Campeche, sin que por ésto dejasen de arribar allí expediciones de la Habana y aún de España, por lo que los comerciantes establecidos en Pueblo Viejo y Altamira hacían sus pedidos, o iban personalmente, a hacer  sus compras al río.

Los despachos de los buques se hacían frente al Humo, donde los comerciantes de ambas poblaciones recibían sus mercancías despachadas por agentes del Gobierno (Receptor) y, de este modo, el comercio de Pueblo Viejo y Altamira tenían las mismas ventajas.

   
 

Por ese motivo, los comerciantes de Altamira sufrían un recargo de un ocho por ciento al internar sus mercancías a Altamira, lugar de su comercio; así era que todos los comerciantes del interior del país iban a hacer sus compras a Pueblo Viejo.   El comercio de Altamira comenzó  a decaer  sufriendo pérdidas de consideración por lo que, la mañana del 15 de junio de 1822, se empezaron a reunir en la Sala Capitular de Altamira los miembros del cabildo, a instancia de los comerciantes del lugar y, antes de comenzar la sesión, comentaban recordando tiempos mejores en que los del Pueblo Viejo y Altamira compartían el fondeadero de El Humo, sitio en que los agentes del Gobierno despachaban sus mercancías, producto del cabotaje interior con Veracruz, de una manera equitativa.

En ese momento, se interrumpen los comentarios por la presencia del Presidente Municipal, don José Antonio Boeta y Salazar; quien inició el evento interpelando a los comerciantes sobre el motivo para la reunión, manifestándole que, desde 1816, en que Pueblo Viejo era Puerto de Altura y Altamira Aduana Interior,  sus productos sufrían un recargo del 8% al llegar a sus comercios, lo que había alejado a sus compradores por convenirles más hacerlo en Pueblo Viejo y sus casas comerciales sufrían pérdidas de consideración, lo que los obligaba a pensar en abandonar  sus costosas y hermosas fincas y restituirse a Pueblo Viejo.

Esta acta del cabildo de Altamira resume el verdadero motivo para poblar  Tampico, y tratar de escapar del sistema colonial de alcabalas que ahogaba la economía de la época, y demuestra el espíritu comercial que tuvieron los fundadores de nuestra ciudad que veían lo promisorio que llegaría a ser nuestro puerto y que, a pesar de miles de obstáculos, se empeñaron en lograr la creación de un puerto comercial internacional y una aduana en Tampico.

 

 

El 12 de abril  de 1823, se funda el Tampico moderno, motivado por la rotura del monopolio del comercio de Veracruz y, en especial, por la resistencia en su último reducto de San Juan de Ulúa por los españoles, lo que provocó que el puerto de Tampico se convirtiera en el principal puerto de abastecimiento del Noroeste del país pero, en especial, en la exportación de plata acuñada de la casa de moneda de San Luis y de Zacatecas, la cual empezó a fluir por nuestro Puerto de manera abundante, exportándose a todo el mundo a cambio de  azogue, el cual era uno de los productos que servían para beneficiar y limpiar la plata de las minas; aparte de estos productos, se exportaba ixtle para cojines del ferrocarril, y  ganado.

La concesión del puerto de Altura se dió el 2 de noviembre.  Se concedió a Tampico la categoría de Puerto de Altura y, por decreto número 97 de la misma fecha del presidente Guadalupe Victoria, el de Receptoría Marítima abierta al comercio extranjero, dependiendo en todo del ministerio de Hacienda, a cargo entonces de don José Ignacio Esteva; dicho decreto  dice lo siguiente:

“ El soberano Congreso  General constituyente de los Estados Unidos Mexicanos ha servido decretar:  Se establece una receptoría marítima en la villa de Tampico de las Tamaulipas, sujeta inmediatamente a la secretaría de Hacienda, hasta tanto que se determine si ha de ser administración o se ha de sujetar a otra en el mismo estado.”

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